A casi un año del inicio de la pandemia, el homeoffice se ha institucionalizado como una de las modalidades de trabajo preferidas por las empresas. Pese a esto, hoy son múltiples las dudas e inquietudes que surgen respecto a cómo afrontar la normativa laboral con el teletrabajo.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadísticas, INE, durante el 2020, el 25,5% de los trabajadores con empleos formales pasaron a realizar sus funciones desde el hogar. En tanto, el 27% de las empresas de todo el país confirmaron que adoptaron el teletrabajo de manera parcial o total.
Pese a que, desde abril del 2020, comenzó a regir la Ley del Teletrabajo han sido múltiples las inquietudes, de parte de empleadores y colaboradores, sobre cuándo un incidente en casa se considera como un accidente laboral.
Si bien, la normativa indica que los accidentes laborales a distancia debían ser cubiertos por las mutualidades de seguridad, la ACHS, la Mutual de Seguridad y el IST, y por el Instituto de Seguridad Laboral. Pese a eso, sólo el 48% del total de casos recibidos (1.613) fueron calificados como de origen laboral y la otra mitad fue considerado como de origen común, accidente doméstico o que no fue por consecuencia de su actividad, según el último informe de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Al respecto, el abogado de la firma Moraga & CIA, Diego Messen, en entrevista con Diario Concepción, sostuvo que la nominación de un accidente laboral dependerá del horario en que se estaba desarrollando una actividad cuando ocurrió el incidente, considerando que dentro de éste (jornada laboral), es más simple poder enmarcarlo en una calificación de este tipo, sin perjuicio de la posibilidad de que este sea considerado como accidente ordinario, atendida las circunstancias del hecho en sí.
En palabras simples, la normativa define claramente la accidentabilidad dentro de un horario fijo. En tanto, si el trabajo se desarrolla sin sujeción horaria, surgen las complicaciones para definir si éste entra o no en la normativa vigente. Ante estos casos, se deberán ponderar de acuerdo a las condiciones propias del accidente y cuales fue la relación de causalidad entre el trabajo y el accidente.
En este sentido, la intendenta de Seguridad y Salud en el Trabajo de la SUSESO, Pamela Gana, confirmó que para definir estas coberturas cada caso es analizado de manera independiente. “Se realiza un análisis del caso, una investigación por las mutualidades y dicen que si califica o no un accidente de trabajo o si se debe a un accidente común. La línea divisoria de un accidente doméstico y laboral en algunas ocasiones puede ser difícil de determinar”. Pese a esto, los trabajadores tienen posibilidades de reclamar y apelar frente a un dictamen de la aseguradora, ante la superintendencia para revertir la no cobertura, pero los casos han sido menores.